¿Qué Hacemos?
La Secretaría General de Gobierno Municipal es la encargada de conducir la política interna del municipio y le corresponde el despacho de los siguientes asuntos:
l.- Proporcionar asesoría jurídica las dependencias Municipales.
ll.- Vigilar, en auxilio de las autoridades federales, el cumplimiento de las leyes y reglamentos en materia de cultos religiosos.
III.- Organizar y coordinar la participación de la ciudadanía en los programas de desarrollo municipal, vigilando que las actividades de los participantes se desarrollen dentro de los límites de respeto a la vida privada, a la moral ya la paz pública.
IV.- Organizar y vigilar el ejercicio de las funciones de la Junta Local de Reclutamiento.
V.- Informar al C. Presidente Municipal y a los Síndicos, anualmente o cuando se le solicite, de la estadística de los recursos administrativos presentados por los particulares contra actos de las autoridades municipales.
VI.- Elaborar o revisar todos los contratos en que intervenga como “Parte” la administración municipal, informando de ello al C. Presidente Municipal y a los Síndicos.
VII.- Asesorar legalmente a las autoridades municipales para la adecuada defensa de los intereses de la administración municipal, en el manejo de los Juicios de Amparo, del Orden Penal, Orden Civil, del Orden Mercantil, del Orden Administrativo, del Orden fiscal, entre otros, en los que sea parte el municipio de Querétaro.
VIII.- Integrar y sustanciar los procedimientos y recursos administrativos cuya tramitación corresponde a administración municipal.
IX.- Asesorar jurídicamente a las autoridades municipales, para la aplicación de sanciones previstas en presente Código y demás leyes reglamentos aplicables.
X.- Actualizar a las dependencias de la Administración municipal en el conocimiento de las diferentes leyes, decretos y reglamentos que se promulguen, que guarden relación con las funciones que realizan.
XI.- Iniciar, sustanciar y desahogar en representación de las autoridades municipales competentes, el procedimiento de clausura de negociaciones, en los casos previstos por las leyes y reglamentos vigentes.
XII.- Firmar las certificaciones administrativas que expida la secretaría a su cargo.
XIII.- Coordinar y atender, en su caso, todas las actividades que le sean encomendadas por el Presidente Municipal.
XIV.- Celebrar los convenios administrativos que por acuerdo del Presidente Municipal le sean encomendados.
XV.- Los demás que le señalen como de su competencia las leyes y reglamentos vigentes; Para el despacho de los asuntos de su competencia, el Secretario General de Gobierno Municipal se auxiliará con las Direcciones de Gobernación, General Jurídica, de Análisis Político y del Registro Civil Municipal, así como de los departamentos que al efecto se designen mecanismos para la colaboración y el establecimiento de acuerdos entre los actores políticos y sociales.